jueves, 29 de abril de 2021

En Ecuador la Corte Constitucional dice que no se pude penalizar el aborto si no hay una sentencia condenatoria de violación

 

Por Jorge R. Imbaquingo

La Corte Constitucional (CC) hizo pública el jueves 29 de abril del 2021, la sentencia en la que declaró la inconstitucionalidad por el fondo del artículo 150 numeral 2 del Código Orgánico Integral Penal en la frase “en una mujer que padezca de discapacidad mental”. 

Además, la CC fue enfática en su sentencia que “en ningún caso, se podrá penalizar la interrupción voluntaria del embarazo por el hecho de que no exista una sentencia condenatoria ejecutoriada por el delito de violación”.

La CC delegó a la Defensoría del Pueblo la responsabilidad de preparar un proyecto de ley para que la Asamblea reforme el Código Integral Penal. 

Con esta disipación, el aborto por violación es legal en el Ecuador. Para ese efecto, determinó que el Defensor del Pueblo, contando con la participación activa de la sociedad civil y de manera coordinada con los distintos organismos estatales, en el plazo de dos meses, prepare un proyecto de ley que regule la interrupción voluntaria del embarazo en casos de violación.

“El Defensor del Pueblo deberá remitir a la Corte Constitucional del Ecuador la constancia de presentación del proyecto de ley ante la Asamblea Nacional al cumplirse el plazo de dos meses otorgado para su elaboración”, dice la sentencia. 

De la misma forma, dispuso un plazo de seis meses a la Asamblea Nacional, contados desde la presentación del proyecto de ley, para que debata el proyecto de ley que regule la interrupción voluntaria del embarazo producto de una violación sexual. 

“En el marco de la tramitación y aprobación del proyecto de ley, la Asamblea Nacional deberá respetar los criterios y estándares generales establecidos en la presente sentencia para regular la interrupción voluntaria del embarazo en caso de niñas, adolescentes y mujeres víctimas de violación sexual”, dispuso la CC.

La Asamblea Nacional deberá informar trimestralmente sobre el avance y cumplimiento de esta medida a partir de la recepción del proyecto de ley, para que cumplan los plazos.


FUENTES: https://www.elcomercio.com/actualidad/corte-constitucional-penalizar-aborto-sentencia.html

https://twitter.com/wambraEc/status/1387800195661012999/photo/1 

https://drive.google.com/file/d/1-ZFxX37GnDl22KEqVqwslK7yr6RRhtk6/view