domingo, 22 de mayo de 2016

Libre de 40 años de cárcel



Por Jan Martínez Ahrens



Sufrió un problema obstétrico y fue denunciada por los médicos que la atendieron.

Cuatro años ha tardado María Teresa Rivera en ver el final del túnel. En 2012 fue condenada a 40 años de cárcel por un aborto sufrido en casa. La despiadada sentencia, símbolo de la durísima legislación antiabortista en El Salvador, ha sido ahora anulada. El juez, tras un largo proceso de apelación, admite que “hubo debilidades en la autopsia realizada al cadáver” y que se carecían de “elementos probatorios que determinaran que fuera ella la que le quitara a la vida a su hijo”.

La liberación de Rivera, de 32 años, supone el fin de una pesadilla que se inició el 24 de noviembre de 2011 en el municipio de Mejicanos. La mujer, debido a un “problema obstétrico”, perdió al feto, de 21 semanas. La hemorragia la dejó tirada en el cuarto de baño, donde fue descubierta por su suegra y llevada al hospital. Los médicos, a los que también pone en la diana la ley salvadoreña, dieron parte a la policía. Un mecanismo infernal se había puesto en marcha.

Al tratarse de un hecho extrahospitalario, la fiscalía dejó fuera la imputación por aborto y directamente la acusó de asesinato (homicidio agravado). 40 años de cárcel. Pese a la oleada de protestas internacionales, el 27 de julio de 2012 el tribunal dictó sentencia. Ahora, cuatro años después, da marcha atrás.

La revocación de la condena ha sido aplaudida por las organizaciones que luchan por acabar con la implacable persecución del aborto en El Salvador. “La liberación de Rivera es un paso adelante en un país donde las mujeres son tratadas como ciudadanas de segunda clase”, señaló en un comunicado Amnistía Internacional. “Es una luz de esperanza para las mujeres juzgadas irresponsablemente”, dijo a Efe la Agrupación Ciudadana por la Despenalización del Aborto.

En El Salvador, uno de los países con mayor tasa de embarazos adolescentes de Latinoamérica, el aborto está prohibido en cualquier circunstancia. Da igual que la vida de la madre corra peligro o que la gestación sea debida a violación o incesto. La pena mínima es de ocho años y la máxima 50 años. En una década, se han emitido más de un centenar de condenas. La rigidez legislativa es tal que en 2013 el Tribunal Supremo rechazó la petición de aborto de una mujer de 23 años, gravísimamente enferma y con un feto anencefálico (sin cerebro), y obligó a practicar una cesárea. La criatura murió, como habían alertado los médicos, a los pocos días.


 

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